martes, 18 de enero de 2011

Protección del Hipervínculo

Me preocupa sobremanera que la Agencia Española de Protección de Datos pretenda obligar a Google a eliminar enlaces a páginas web a requerimiento de particulares que encuentran injurioso el contenido de las mismas. En primer lugar porque los particulares no son quienes para decidir si un contenido es injurioso o no y la AEPD tampoco: El órgano competente para decidir si el contenido de un sitio web constituye una injuria son los jueces

Más grave todavía me parece el hecho de que los enlaces que la AEPD ha instado a Google a eliminar por su contenido potencialmente injurioso correspondan a cuatro publicaciones en boletines oficiales y a una noticia dada por el diario El País. ¿Acaso los boletines oficiales se dedican a publicar injurias? ¿Hay acaso sentencia declarando injurioso lo publicado por El País? ¿Hay alguna razón por la que algo tan palmariamente obvio como que el obligado a retirar una información injuriosa es el que la publica y no el que la enlaza deba llegar a los tribunales por obra y gracia del empeño quijotesco de una agencia del Gobierno?

Por supuesto que la hay.

Estamos asistiendo a los inicios de lo que terminará siendo un intento generalizado de controlar Internet. El proceso está en sus primeros balbuceos y está siendo, por lo tanto, torpe: Visto que los contenidos de los boletines oficiales son inmutables y que la censura de lo publicado en un medio de comunicación es impensable sin sentencia previa, la AEPD no tiene más opción que explicarle al particular que se tiene que aguantar. Postura esta que me parece la más perfectamente razonable: Si se publica una resolución contra usted en un boletín oficial la culpa es exclusivamente suya. Lo que no tiene lógica alguna es que la Agencia Española de Protección de Datos se dedique a tratar de limitar la difusión de los boletines oficiales. 

¿Y qué hacemos con la noticia publicada en El País? La lógica nos indica que lo único posible sería en todo caso ejercer el derecho de rectificación enlazando a la misma rectificación desde la propia noticia. Pero la censura del artículo no debe poder decidirla nadie salvo el juez... y en todo caso quien debe llevarla a cabo es el diario y no Google. 

El intento de pretender que sea el buscador de quien censure un contenido en vez de la web en la que se ha publicado el mismo no responde a otra cosa más que a una estrategia de la Administración para quebrar la libertad de Internet por la vía indirecta del ataque al hipervínculo: Es una vía fácil para seguir diciendo que Internet es libre, porque el contenido sigue publicado... al mismo tiempo que se vacía de contenido dicha libertad mediante la prohibición de enlazar hacia tal información. Es la cuadratura del círculo. Y es -y seguramente no por casualidad- la misma estrategia -atacar al que enlaza ya que evitar la publicación es imposible- que se pretende implementar con la Ley Sinde, peligrosísima esencialmente por lo que tiene de ataque indiscriminado al enlace y al enlazador.

A la fuente le amparan otros derechos -se justifican desde la AEPD. No dicen, pero va implícito, que están tratando de poner a prueba hasta donde llegan los derechos que amparan al que, sin ser fuente, enlaza. Y eluden intencionadamente cual es ese mágico derecho que ampara a unos sí y a otros no, aunque la lógica dice que deben estar hablando de un único derecho que les ampara a ambos: La libertad de expresión. La libertad de expresión es lo que me ampara a mí para publicar este artículo y la misma libertad de expresión es sin que quepa duda alguna la que ampara a quienes decidan enlazarlo. Cualquier otra cosa supone dejar en el limbo jurídico y sometido a los caprichos de la Administración la Internet entera. Empezando por Google.  

Y a este burdo intento de censura, y de negación arbitraria de la libertad de expresión -pues eso y no otra cosa es un enlace-  le llama el Estado Protección de Datos. 

Lo cierto es que parece indudable que el poder político le tiene miedo a Internet. Miedo y profundo desconocimiento. El miedo se nota en la reticencia a aprobar leyes que conviertan en norma la transparencia institucional: Siete años para estudiar y no-aprobar una Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública lo acreditan. El desconocimiento es fruto más bien de una mentalidad incapaz de adaptarse a un paradigma que les es por completo ajeno: No se puede pretender que quien viene de la estructura piramidal de un Partido clásico o de la Administración comprenda en absoluto lo que es una estructura en red, que se basa en cooperaciones voluntarias y relaciones no-jerarquizadas. Yo no le doy órdenes a, ni recibo órdenes de, la Yihad en Eurabia  o el Club Museros. Es más, Museros no le da órdenes al Club Museros y los yihadistas son cada uno de su padre y de su madre. Y me jugaría las dos piernas a que Viruete -ni se lo he preguntado, ni me importa- viene a estar más o menos en mis antípodas políticas. Y todos tan felices.

Y como esto no se entiende, no deja de buscarse la manera de tratar Internet como si fuera una televisión cualquiera. Y eso nos lleva directamente a la búsqueda desesperada del modo de perseguir el hipervínculo. Ese si que necesita protección, y no los datos. 


PD: En relación a esto, mucha suerte al Estado persiguiendo el DDoS. Ya estamos viendo el efecto disuasorio de la última reforma del Código Penal: La inmensa ignorancia de los chavales de Anonymous es a la vez una armadura que les hace impermeables a cualquier disuasión.  Y sobre todo, queda en el aire solventar algunos pequeños detalles procesales imprescindibles para enviarles a compartir de seis meses a dos años de prisión con el asesino del naipe, tales como por ejemplo ver como distinguimos un DDoS de un puro y simple intento de visualizar una web.

El intento sigue siendo pobre, pero queda claro hacia donde van: Equiparan entrar en un disco duro ajeno a reventar una cerradura y apropiarse del salón de casa... pero la analogía entre el DDoS y la manifestación masiva no les vale igual


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