
Me entero a través de HazteOir.org (acúsome,
Orisson,porque he pecado) de que la encargada de un bar de copas ha sido condenada a pagar un euro de indemnización y un año de inhabilitación
por expulsar de su local a un grupo de disminuidos psíquicos,que acudían al mismo en compañía de sus monitores. Se trata con todaprobabilidad -aunque la noticia no lo menciona- de una condena
por un delito tipificado en el Artículo 512 del Código Penal. No tengo nada clara mi postura sobre este asunto.
Dudosísimo y feo tema este de las condenas por discriminación. Es bastante impresentable -y hasta humanamente cruel- el expulsar de un local a cualquier minusválidopor el mero hecho de serlo... pero no me convence en absoluto el hechode que los dueños de un bar de copas tengan que soportar la presencia de ocho personas con síndrome de Down en su local un viernes por la noche (sí, lo he mirado: Ese 15 de Diciembre de 2006 fue viernes).

Porque,en palabras de la propia encargada de local (esposa, a la sazón, del dueño del mismo), cualquier dueño de un establecimiento de ocionocturno tiene derecho a preguntarse
"por qué tienen que ir allí a joderla a ella".O, traducido al finolis,porque tiene que obligársela a cargar a ella con el coste de la integración de estas personas. La ley es muy clara:Porque les toca. Y les toca
porque sí.
El problema es que, independientemente de una sentencia condenatoria absolutamente lógica por la comisión de una obvia discriminación tipificada penalmente, es evidente que la presencia en un local de copas de un grupo de personas con síndrome de Down un viernes por la noche sí afecta al normal funcionamiento del negocio. Y puede suponer una carga excesiva a todas luces para el dueño del mismo.
Guste o no, creo que el público objetivo que acude a un local de copas un viernes por la noche tiende a huir de determinadas visiones. Y eso tiene consecuencias económicas negativas con las que cargan los dueños de los locales. La clientela no acude a un bar de copas a realizar políticas sociales de integración, sino a divertirse, beber, olvidar problemas, relajarse y ligar. Todo ello incompatible en principio con la visión, unos metros más allá, de una de las facetas más duras y difíciles que puede ofrecer la sociedad.
El equilibrio entre ambos derechos se me antoja muy complicado. Mucho más, desde luego, de como lo pinta el Código Penal y como lo recoge la Sentencia. El que una señora se encuentre condenada a no poder trabajaren su negocio de copas -!ni en su oficio de hostelera!- por tratar de salvar la caja de un viernes por la noche de las pérdidas más o menos evidentes que le puede generar la continuada presencia en su local del grupo en cuestión no deja de parecerme una sanción completamente excesiva. Y que a muy corto plazo, generará consecuencias muy negativas para el propio colectivo de minusválidos psíquicos.
Porque, efectivamente, ningún hostelero volverá a cometer el error de expulsar de su negocio de un grupo de afectados por Síndrome de Down alegando los imprudentes y delictivos argumentos de la condenada. Apartir de ahora, serán detenidos antes de entrar por los porteros, que alegarán, con exquisita educación, incumplimiento de normas de vestimenta, reservas incomprobables de aforo, pagos de entrada disuasorios... o, en último extremo, la advertencia de que en media hora empieza una fiesta privada y que disponen de ese tiempo paraterminar sus consumiciones.
Evitar esta situación se va a hacer cada vez más difícil. El Código Penal no va a ser disuasorio en absoluto, máxime cuando introduce penas tan difícilmente controlables como la de la "inhabilitación para ejercer como hostelero". Más apropiado para estas situaciones sería una normativa administrativa con capacidad de imponer multas realmente disuasorias a los locales de hostelería. Introducir situaciones de choque de derechos tan poco claras como la que nos ocupa en lalegislación criminal no es ni proporcionado ni eficaz.
Y o mucho me equivoco o así lo ha visto también el Magistrado de turno,que absuelve al dueño del local y marido de la condenada. Al menos uno de los dos cónyuges podrá seguir trabajando en su negocio sin temor aque le imputen un quebrantamiento de condena.
Opinad vosotros: ¿Es perjudicial para un bar de copas que un grupo de afectados con Síndrome de Down decida acudir al mismo un viernes por la noche? En caso de que lo sea... ¿Es justo que el dueño del local esté obligado a soportar tal carga? ¿Qué derecho creéis que tiene preferencia?
Autor: Anonimo
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 13:24
Buenas tardes.
Es la primera vez que paso por este blog, y me he quedado estupefacto al leer esta entrada. Espero que el resto de ellas no sean tan discriminatorias, dentro de tu libertad de expresión.
Si la educación y el respeto hoy en día estuviesen totalmente arraigados en la cabeza de una persona "normal" como pretendes por aquí, que un grupo de personas con esta enfermedad entrase en un local de ocio para divertirse no debería implicar NINGUNA DIFERENCIA EN NINGUNO DEL RESTO DE SUS VISITANTES. ¿Has probado alguna vez a relacionarte, hablar, divertirte con una persona con Síndrome de Down? Te sorprendería descubrir que a veces parece que los que tienen características de disminuido psíquico son precisamente algunos que no padecen Síndrome de Down.
[Continúo]
Autor: Anonimo
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 13:26
[Continuación]
¿Qué pasa, que estás ligando con una preciosa chica en la barra de un bar, tomas un trago mientras te ríes de los chistes de tu nueva amiga, y al mirar hacia las mesas detrás tuya, en vez de alegrarte de ver a un grupo de personas con Síndrome de Down que se están divirtiendo a su rollo, como si escuchases reírse a un grupo de treintañeros burlándose de la política, en lugar de eso te entran ganas de vomitar, y decides no beber o no reaparecer por ese local?
Pues nada, dile a los dueños del bar que ya que están, total, pongan un cartel en la puerta de "Prohibida la entrada a disminuidos psíquicos."
Y haz el favor de publicar los comentarios, demostrarías algo muy bueno por tu parte ;)
Un cordial saludo.
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 14:09
En teoría, efectivamente, no debería interferir.
En realidad, y ese es el problema, no tengo tan claro que no interfiera. Creo que la presencia de un grupo de discapacitados sí rompe completamente el ambiente que se busca en un local de copas y eso tiene una repercusión directa sobre la recaudación.
Desde luego, si esa mujer no hubiera estado convencida de que la recaudación del viernes se le iba a la mierda, no habría expulsado a esos chavales de su local.
Hay una hipocresía social sobre este tema muy importante. Y yo me pregunto si no estaremos obligando al hostelero a pagar un pato que, realmente, rechazamos todos.
Autor: Anonimo
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 17:16
Fray Fanatic- Supongo que los dos tenemos el mismo problema. Nuestras últimas y respectivas entradas nos están dejando a los dos estupefactos.
En fin, voy a intentar responder "asépticamente" a pesar de la repugnancia que me causan las actitudes "asépticas".
Si planteas el problema como un conflicto de derechos en el terreno del derecho positivo inmediatamente te insertas en el marco de referencia revolucionario-liberal. Y dentro de ese marco de referencia el derecho positivo, como reflejo de la soberana voluntad popular, es la única fuente de moralidad. De modo que te has contestado a ti mismo. La ley manda, y toca callarse y aceptarla con entusiasmo. En este caso y en este momento, hasta que el sistema decida otra cosa por vía de la mayor presión de un grupo más fuerte, el conflicto de derechos se soluciona en favor del grupo de minusválidos. Tu papel se debe limitar a ensalzar lo extraordinariamente acertada y justa que es la ley. (sigue)
Autor: Feynman
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 17:47
Esta entrada no es absoluto discriminatoria, es solo una reflexión sobre la importancia relativa del discapacitado a disfrutar de un bar de copas como una persona más y del dueño de un bar a asegurarse la caja del viernes. Derecho a la igualdad frente a libertad de empresa. Art. 14 CE frente al Art. 38 CE.
Ambos derechos son legítimos y razonables, pero el primero goza de una protección adicional por tratarse de un derecho fundamental. Lo que no significa que el primero deba dejar absolutamente de lado al segundo. Seguramente a ello se deba la concreción del marco penal en el mínimo posible de 1 año, ante la previsible ausencia de agravantes o atenuantes (la agravante del Art. 22.4 queda subsumida en el tipo del Art. 512, de lo contrario se estaría penando doblemente la discriminación). Y es que no es lo mismo soltar esa barbaridad por las buenas que hacerlo porque te juegas el pan de tus hijos.
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 18:08
El problema, Anonimo de las 17:16 (¿Embajador?) es que yo no asumo la ley positiva como única fuente de moral. La única reflexión posible bajo ese punto de vista la acaba de hacer Feynman y es inatacable desde el punto de vista del derecho positivo.
Pero como ya he dicho, yo sí me atrevo a poner en entredicho que la actuación por la que ha sido condenada esta señora, por muy repugnante que me parezca, sea materia de Código Penal.
Aquí no trato de un marco de referencia liberal, político o legal: Aquí hablo de moral. De deberes morales. De la existencia o no de una obligación moral a llevar determinadas cargas. Y de la traducción -o no- de tales obligaciones en legislación penal u otra.
Autor: Defton88
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 18:23
El tema expuesto es bastante complicado y espinoso ya que hay que escoger las palabras adecuadas para que nadie vea una intención malvada.
Nos estamos centrando el los dueños del bar y el problema es de los monitores. Efectivamente un grupo de estos niños tienen el mismo derecho que los "normales" a divertirse, al igual que los niños de 5 años o que los mayores de 80 años.
EL problema está en que la integración de personas con discapacidades es bastante comlicada debido al "miedo" o al "odio" hacia estas personas y considero que imponer que unos chicos vayan a un local de copas, no va a normalizar la situación.
Decía que el problema es la falta de profesionalidad de los monitores. Un chico con Síndorme de Down, es como un niño. Si conocéis estos casos, como yo, sabréis que ellos necesitan repetir ciertas actividades todos los días ya que al llegar a una determinada edad, se les olvida .../...
Autor: Defton88
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 18:24
.../...
Es gente con la que tanto monitores como padres deben trabajar a diario en rutinas tan sencillas para un niño de 5 años o una persona de 80, como poner la mesa, para que no caigan en el olvido
Pero señores ¿Uds. llevarían a un crío de 5 años o una anciano de 80 a un bar de copas? Pues si esto es un tema de discriminación, también lo es para ciertas personas de 50 y 60 años que me constan no haber podido entrar en bares de copas por tener esa edad.
Me he relacionado con gente con Síndrome de Down, con autistas etc y puedo asegurar que cualquiera de estas personas ven más allá de lo puramente superficial como ligar en una discoteca. Sin embargo, esta ventaja de seguir manteniendo viva la inocencia de la infancia, es lo que les hace más impresionables a la hora de ir a bares de copas, como podría resultarle a un niño.
.../...
Autor: Defton88
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 18:25
(Y con esto, termino)
Los monitores deberían conocer más a fondo el tipo de personas a las que cuidan y tener una responsabilidad bastante firme, cosa que a mi parecer, no han demostrado.
Lo más triste, es que conozco un caso de este tipo y el resultado es espeluznante: el monitor está liado con una de sus alumnas. Y la alumna, es feliz porque y repito palabras textuales “hago cosas de mayores”.
Echarles del local me parece mal ya que muchos aguantamos a borrachos y consumidores de sustancias nada legales y nadie les expulsa. Pienso que los dueños deberían haber acudido a otro tipo de medidas como notificar a los padres o tutores este tipo de actividades.
Y las declaraciones de la señora dueña merecen una temporada en un colegio de educación especial.
Autor: Anonimo
Fecha: sábado, 05 de septiembre de 2009
Hora: 23:04
El Embajador en el Infierno al aparato. Efectivamente era yo el anónimo anterior. Aprovecho para volver a echar pestes de esta plataforma de blogs y te ruego una vez más que la abandones con carácter de urgencia, porque es una castaña. En fin, como la respuesta me ha salido un poco larga y me pone de los nervios intentar contestar aquí, lo he hecho en mi propio blog. La respuesta sale mañana por la noche. He modificado ligeramente la parte ya publicada aquí, pero creo que no ha sido en ningún aspecto sustancial.
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: domingo, 06 de septiembre de 2009
Hora: 22:10
El Embajador, efectivamente, ha respondido en su blog. Y lo ha hecho con una entrada que no puedo discutir bajo ningún punto de vista y que os recomiendo a todos:
http://embajadorenelinfierno.blogspot.com/2009/09/derechos-y-discriminacion.html
Yo planteaba una cuestión en clave de libertades y de moral. El Embajador me la ha dado en clave de moral -sí- pero también de derechos.
No le gustará a muchos, pero a mí, como católico y como jurista, me ha convencido del todo. Gracias mil.
Autor: Anonimo
Fecha: jueves, 10 de septiembre de 2009
Hora: 19:23
Estimado Fray Fanatic:
Llevo días pensando como contestarte. Es curioso que uno tiene el gatillo fácil para rebatir al que le rebate pero no está en absoluto preparado para contestar adecuadadamente a quien tan noblemente le da la razón.
Gracias por la lección que me has dado.
Saludos
Embajador
Autor: Anonimo
Fecha: viernes, 11 de septiembre de 2009
Hora: 12:21
Si permitimos que, para proteger el negocio de un viernes por la noche se pueda hacer cualquier cosa, hoy no dejarán entrar a personas con síndrome de Down, mañana no dejarán entrar a arabes o marroquies o negros(pueden perjudicar el negocio), pasado mañana a los que no vayan con la svastica grabada en el pecho (puede perjudicar su negocio) y al siguiente ¿qué?.
Hay que poner reglas, y para que se cumplan hay que penalizar su incumplimiento porque sinó nadie las cuimpliría. Y como tu mismo dices en un comentario, la picaresca española se las apaña muy bien para buscar superfujios para incumplir las normas y que no lo parezca. No se lo pongamos encima más fácil.
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: viernes, 11 de septiembre de 2009
Hora: 13:42
Lamento decirte, querido Anónimo, que llegas con bastante retraso: Pocos negros y menos magrebíes encontrarás en los locales de moda de Madrid.
Y sí, en Madrid hay ya infinidad de locales en los que sin una determinada estética... no entras.