viernes, 23 de enero de 2009

Con perdón: El problema de la Justicia son los Procuradores

De forma desigual y posiblemente inconstitucional, los Jueces van a la huelga para solucionar los graves problemas de la Justicia española. Problemas que se resumen, esencialmente, en uno: Un sistema decimonónico basado en el papel que generó la necesidad de un intermediario entre el Abogado y el Juzgado. Este intermediario ha terminado por enquistarse en el sistema procesal y, en plena era digital, condena a la Justicia a la más absoluta lentitud. Este intermediario, totalmente superfluo a la vista del estado de la técnica, es el Procurador.

El Procurador cumple en nuestro ordenamiento jurídico una función de representación procesal de la parte, recibiendo en su nombre las notificaciones del Juzgado. Esto, desde luego, tenía muchísimo sentido en el siglo XIX e incluso en el XX, pues no se podía pretender que cada justiciable estuviera presentándose permanentemente en el Juzgado ya que eso solo enlentecería el proceso. En esencia, el Procurador es un mensajero apoderado ante el Tribunal.Y un mensajero transporta papel.

No sé si saben mis lectores  que desde el último trimestre de 2008 ya no se puede uno presentar en Hacienda con su impreso del IVA : Solo puede presentarlo digitalmnete obteniendo  una firma electrónica o ir a un gestor colegiado para que la presente él cen nuestro nombre con la suya.  Cada contribuyente puede consultar su estado fiscal  y presentar cualquier declaración de persona física o jurídica desde casa vía Internet con este mismo sistema. Como siempre, es la Administración Tributaria, el largo brazo recaudador del Estado, el que obtiene los máximos avances en informatización.

Estos mismos avances, aplicados a una modernización masiva del Poder Judicial al estilo de la que se ha llevado a cabo en Hacienda tendrían solo una consecuencia directísima: La desaparición pura y simple de la necesidad de la Procura. Es la institución de la Procura y todo lo que trae aparejada lo que está matando la Justicia española impidiendo de facto la digitalización total de la misma.

Y es que hoy día, la función práctica del Procurador  es ahorrarle al Abogado el acudir todos los días a llevar las demandas y escritos a los Juzgados, cuando no tiene nada que hacer allí. Es muy normal, por ejemplo, que el Abogado lleve personalmente las demandas y que  el procurador designado se entere a posteriori. El cliente al que se supone que el Procurador representa y suple acude directamente al Notario a otorgar los necesarios poderes a nombre del Procurador que el Abogado le indica y el Procurador solo se entera de que representa a un cliente cliente cuando el Letrado se lo comunica.

Muy raras veces el Procurador toma decisiones: En todo caso las toma el abogado de acuerdo con el cliente. Y a veces ni eso porque el cliente suele confiar plenamente en el Abogado.

Visto el funcionamiento práctico de la Procura, no es de extrañar que la Justicia no se modernice: No hay ninguna razón, ninguna aparte del asegurar la continuada existencia de los Procuradores, por la que no se puedan presentar escritos en los Juzgados vía telemática como se hace en Hacienda.

De hecho, la necesidad de la Procura no es evidente en sí misma. No hay ninguna razón jurídica que impida que sus mismas funciones las realice el Abogado que es, de hecho, quien dirige el procedimiento en todos sus trámites. Así sucede en muchos países de nuestro entorno, tales como Bélgica, Holanda, Dinamarca, Austria, Irlanda, Reino Unido, Grecia o Polonia. De hecho, en nuestro entorno europeo  la Procura es una institución que, con la clamorosa excepción de Alemania, se circunscribe más bien al área del Mediterráneo occidental: España, Portugal, Francia e Italia.

Los Jueces van a la huelga para exigir una informatización seria de la Justicia. Los que deberíamos ir a la huelga somos los Abogados para exigir de una buena vez la desaparición de los Procuradores. El día en que desaparezca la figura del Procurador de nuestro sistema jurídico y cada Abogado tenga su propia firma electrónica y un buzón digital único y controlable, centralizado en los Colegios (o mejor aún: Centralizado en el propio Poder Judicial), para recibir y enviar las notificaciones y escritos a los Juzgados, habremos solucionado de golpe y porrazo buena parte del problema esencial de la Justicia, que está en el mero movimiento de escritos y expedientes: No es razonable que del Registro al Juzgado un papel tarde doce o catorce días en llegar. O que un Juzgado Decano tarde más de un mes en repartir un asunto. O que los escritos de una parte tarden seis, siete o doce días en llegar a las demás.

Son procesos que la informática realizaría al instante mediante un sistema de buzones digitales tan simple como el que usa Hacienda. Pero en ese esquema, naturalmente, sobran los transportistas de papel.

Comentarios

Añadir un comentario

Autor: Delfos
Fecha: viernes, 23 de enero de 2009
Hora: 12:59

Estoy de acuerdo en todo salvo en aspecto...

¿Donde se guardarían esos datos? ¿En un super- Servidor a nivel nacional? ¿A nivel de comunidad? ¿A nivel regional?¿Local?

La respuesta no es fácil ya que la centralización de archivos implica un riesgo de seguridad grande. Es como si colocaramos un monton de manzanas en fila y dispararamos con una flecha. Si acertamos las cogemos todas. Eso es lo que pasaria si un hacker accede. LLegaria a los datos judiciales de todos los españoles, lo que obviamente es inaceptable.

¿Solucion?

Servidor a nivel nacional que contenga un INDICE con todos los casos. Y servidores en cada juzgado con la informacion de los casos.

Un saludo!
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: viernes, 23 de enero de 2009
Hora: 14:37

Desde mi punto de vista como lego en la materia, más me parece que debe haber UN servidor único y centralizado. Si es seguro para Hacienda, no veo porqué no va a serlo para el Poder Judicial.

Eso sí, obviamente, cada Juzgado debe tener un servidor propio con SUS expedientes, que se sincronice con el central cada día.
Autor: Balanza
Fecha: miércoles, 01 de abril de 2009
Hora: 17:23

Estoy totalmente deacurdo con el artículo. Pero añado dos aspectos que no han sido tenidos en cuenta por el autor:

1. La intervención obligatoria del procurador en el proceso implica un encarecimiento del mismo y con ellos de la justicia y del acceso a la misma del justiciable.

2. El sistema de retribución de los procuradores vulnera las normas de competencia españolas y más la Directiva de Servicios de la UE al tratarse de precios fijos, establecidos por ley y que no son susceptibles de libre competencia. Es decir se trata de un elemento parafiscal que debe asumir cualquiera que quiera defender sus derechos ante la Justicia.

En fechas recientes, se obligó a los colegios de abogados españoles a modificar el tratamiento que dan a sus tabls de honorarios recomendados, pese a no ser obligatorios. Creo llegado el momento de denunciar este abuso ante las instituciones europeas y de competencia.
Autor: Anonimo
Fecha: jueves, 23 de abril de 2009
Hora: 15:58

me parece increible que culpe al procurador del problema de la justicia española, y mucho más que esa critica la haga un abogado. Soy Procuradora y Licenciada en Derecho, y estoy deacuerdo con la necesaria modernización informática, y desde luego, no me limito a llevar papeles.
como representante de la parte en el Juzgado, asumimos una gran responsabilidad, a veces incluso, muchas veces, hacemos más trabajo del que nos corresponde, siendo quienes impulsamos realmente el Procedimiento, colabaramos con la Administración de Justicia y facilitamos el trabajo de los Abogados.
El trabajo bien hecho, genera buen resultado...así entiendo, que la crítica hacia el sistema judicial actual, debe partir de la labor que a cada uno compete, si hay o no buenos abogados, o se limitan a copiar demandas, si recurren sentencias para seguir cobrando del Turno de oficio...no puede admitirse que se culpe a un colectivo de un problema cuya solución debe partir del esfuerzo de todos, yo procuro, Usted?
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: jueves, 23 de abril de 2009
Hora: 17:54

El único esfuerzo que le reclamo a la Procura es... su desaparición. Soy perfectamente capaz de "impulsar" los procedimientos yo solito.
Autor: Anonimo
Fecha: lunes, 27 de abril de 2009
Hora: 20:07

el problema, es que los procuradores saben mucho más que la mayoria de los abogados, ese es el problema y ves como gente sin idea no presenta escritos que dice que si al cliente porque no sabe que debe hacer no tienen ni idea, ni saben mucho de los que dicen que saben. Señor estudie y cuando crea que este preparado (porque ahora esta claro que no) a ver si sabe un tercio de lo que sé yo (lo dudaría la verdad) Ah y yo asi que sé que es ser letrado y sé que es ser procurador.
Autor: Hospitalario
Fecha: lunes, 04 de mayo de 2009
Hora: 19:21

Que abogado más malo tienes que ser Fray_Fanatic. En mis diecinueve años de profesión he podido constatar que los despachos realmente buenos de Letrados no pueden pasar sin el Procurador. ¿Tú ibas a ir a embargar a las tres mil viviendas? ¿Tú te ibas a poner en cola a pagar el impuesto de tantos y tantos mandamientos en Hacienda? ¿Ibas a esperar cola en los Registros para pagar las minutas de los Registradores? ¿Te ibas a pelear a diario con funcionarios que no paran de meter la pata?? Venga ya....!!!!
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: lunes, 04 de mayo de 2009
Hora: 23:58

Dame el arancel, Hospitalario. Dame la pasta que te llevas tú por cada procedimiento que YO consigo a base de inversión en publicidad y relaciones públicas y sin aportarme ningún valor añadido. Dámelo y desaparece. No te voy a echar de menos. La Justicia no te va a echar de menos. En lo más mínimo.

Ya verás lo que tardo yo en conseguir un becario -o simplemente un recién colegiado o incluso un administrativo medianamente competente- para que haga todas esas cosas, que a fin de cuentas requieren una cualificación MÍNIMA desproporcionada a lo que tú, Procurador, me cuestas.

La triste realidad es que para tu papel en el proceso y tus gestiones, me sales carísimo. Le sales carísimo a mi cliente. Yo desde mi Despacho puedo hacer y ordenar que me hagan exactamente lo mismo que tú y más barato.
Autor: Anonimo
Fecha: jueves, 11 de junio de 2009
Hora: 13:58

Fray Fanatic o, mejor dicho, Fray Demagogo,o Fray Nefasto Abogado, soy de la opinión de que un buen letrado siempre cuenta con un Procurador, que si bien no toma decisiones en el pleito,siempre orienta al letrado del criterio del juzgado donde se lleva el procedimiento, pues no todos los jueces interpretan las leyes procesales de igual manera.Me gustaría ver como te las apañas en un embargo, o en un lanzamiento.
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: jueves, 11 de junio de 2009
Hora: 17:08

Cualquier administrativo, abogado recién colegiado, simple Licenciado en Derecho o yo mismo se comportará en esos casos exactamente igual que un Procurador: Malamente en el primer caso que se le presente y sin problemas a partir del cuarto.

Con una diferencia: Lo hará de forma infinitamente más barata para el cliente y sin enquistarse cuan garrapata en la Administración de Justicia y en el pobre abogado al que chupa la sangre, dándose además más importancia que Don Rodrigo en la horca por cumplir unas funciones que son absolutamente superfluas y sustituibles.

Los maestrillos de escuela fueron Procuradores durante muchísimo tiempo y no pasó absolutamente nada, os lo recuerdo.
Autor: procurata
Fecha: domingo, 14 de junio de 2009
Hora: 23:16

Me parece que es muy necesaria la modernización en justicia a nivel informatico y sería un buen momento los cambios y la creación de la nueva Oficina Judicial. Con la ley Omnibus si saliera para adelante que lo dudo mucho, no existiria la incompatibilidad entre abogado y procurador y a mi no me da nada de miedo, es mas me encanta, los pleitos los llevamos muchas veces mas los procuradores que los letrados, hay letrados que no han pasado a hablar con un funcionario nunca y veras que diver cuando tengan que ir a solucionar problemillas. Pleitos y clientes venid a mi que yo procuradora y licenciada en derecho os estoy esperando sin miedo. Rebotado
Autor: Anonimo
Fecha: domingo, 05 de julio de 2009
Hora: 19:58

soy procuradora desde hace 15 años y si que es cierto que veo como en esta profesión la mayor parte de los compañeros se han acomodado y se limitan a llevar o traer papeles y como ademas siempre se estan quejando. A mi me da vergueza ajena. Abogo por la figura del procurador, como solucionador de problemas, intermediador entre el abogado y el juzgado y sobre todo un verdadero ejecutor de sentencias. A mi me dan un cambiario ,un monitorio, una ETJ o una ETNJ o un hipotecario y me sobra el abogado. Mis abogados en este tipo de pleitos no hacen nada y a mi me gusta que sea así, pues considero que es donde se manifiesta el buen hacer de un procurador. la pena que es que el 90% de los compañeros no actuen así. Por esto estamos como estamos.
mis abogados me consideran imprescindible por que yo he querido hacerme imprencindibl y no limitarme a hacer el minimo para cumplir. si todos los procuradores trabajaramos así otro gallo nos cantaria.
Autor: Anonimo
Fecha: lunes, 06 de julio de 2009
Hora: 14:41

Fray Fanatica. da la sensación por lo que dices, que tu problema ( aparte de no tener nada de trabajo ) es que trabajas con procuradores que funcionan muy mal. yo lo que te recomiendo es que te colegies de procurador porque se detecta en tu forma de hablar una cierta envidia o que cambies de procurador en tus dos asuntos anuales. si tuvieras mucho trabajo y un buen procurador estarías encantado con nuestra profesión.
pareciera que pagas tu al procurador de tu propio bolsillo, no será que lo pasa es que te gustaria cobrar su parte ?
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: lunes, 06 de julio de 2009
Hora: 21:08

Por supuesto que quiero cobrar la parte del Procurador. ¡Pues no faltaba más!. Es que además, merezco cobrarla.

El esfuerzo en marketing lo hago yo. La captación del cliente la hago yo. La demnada la redacto yo. Y estoy hasta los huevos de mantener a un parásito cuya función podría realizarme un simple administrativo o un mero becario por la cuarta parte de lo que me cuesta la Procura. Ese es el problema.
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: miércoles, 15 de julio de 2009
Hora: 23:51

Acabo de borrar un comentario en este post por insultos. Puede volver a postearse sin ellos. Gracias a todos por demostrar que sois universitarios.
Autor: Anonimo
Fecha: jueves, 16 de julio de 2009
Hora: 11:29

asi que censurando!!!!!!!!! MENUDO ELEMENTO. De manera que tu SI puedes utilizar términos vejatorios tales como parásitos, estar hasta los huevos, garrapata, maestrillo.... CENSURA ESTE TAMBIEN SI TIENES, y que te den. en ti si que se nota que en definitiva sigues siendo un universitario y no un profesional!!!.
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: jueves, 16 de julio de 2009
Hora: 15:13

Esta es mi casa y aquí solo grito yo. Puedes participar con mis reglas o puedes abrirte tu propio blog. Cualquier otro comentario de este estilo será borrado.
Autor: margarita pozas
Fecha: martes, 11 de agosto de 2009
Hora: 10:42

creo que no tienes ni idea de lo que hablas, el procuradore tiene muchas funciones que solo el ostenta y sin el el proceso en el juzgado seria, mucho mas penoso y largo, seria un numero en manos de un funcionario, que cesa, tiene moscosos, vacaciones bajas.......
la presentacion de la demanda, es previa a la lectura de la miosma, comprobacion de los documentos que menciona, numeracion de los mismos, union del poder notarial, se comprueba la competencia territorial, los datos exactos relatados, para corregir atraves del abogado, lo que fuera preciso, se hacen copias, tantas por partes, a veces son cajas, que hay que numerar y comprobar.
se presentan en el jzugado y se obtiene numero de registro, que se envia por fax al letrado y por correo copia integra de actuaciones, tan
to al letrado como al cliente.
se registra en nuestro despacho, para poder anotar cada providencia o incidencia, notificar siempre en el dia al letrado por fax ( no puedo escribir mas sigo en otro)
Autor: margarita pozas
Fecha: martes, 11 de agosto de 2009
Hora: 10:48

sigo, tambien actuamos escaneando todo lo proveido y enviando al letrado por correo electro.
PAGAMOS LA TASA MODELO 696 de actuaciones judiciales, liquidamos el documento en hacienda, y lo portamos a autos mediante escrito.
Nos reseñamos un aviso en quince dias en la agenda electronica, para verificar que la demanda se haya admitido a tramite, si no ha ocurrdido presentamos escrito al jzugado recordando la admision, sellamos y notificamos al cliente y al letrado.

cuando se admite a tramite, si se acuerda emplazar a los demandaos, lo notificamos por los medios ya expresados, controlamos que salgan los exhortos, que las direcciones que en ellos ponen los funcionarios sean las correctas, y controlamos el plazo de contestacion a la demanda, para recordar al juzgado mediante escrito que dado el tiempo transcurridos se reproduzcan los exhortos, o cualquier otra medida de citacion judicial recogida en la LEC, y si constan las citaciones, mediante escrito, (sigo en otro)
Autor: margarita pozas
Fecha: martes, 11 de agosto de 2009
Hora: 10:54

, recordamos al juzgado que tiene que señalar dia para la vista previa, verificamos con los abogados y clientes la agenda, para que una vez señalado el juicio por el juzgado, evitar suspensiones innecesarias, acudimos a la audiencia previa, con la LEC en la mano y vigilamos, la admision y proposicion e la prueba, las alegaciones, las escepciones, el abogado se siente muy comodo, cuando esta respaldado por un tecnico en procesal, otra vez controlamos el señalamieno del juicio, lo apuntamos en nuestra agenda, citamos a nuestros clientes, que no son citados por ningun otro medio, y vigilamos desde ese momento, las citaciones de los testigos, la citacion de peritos, y verificamos que se le envie la documentacion que obra en autos, y que el precisa para realizar el informe pericial, casi siempre una vez que este acepta el cargo, se lo escaneamos por correo electronico desde nuestros despachos, nos preocupamos de las provisiones que ahora piden atraves del juzgado los peritos, de pagarles
Autor: margarita pozas
Fecha: martes, 11 de agosto de 2009
Hora: 11:00

les pagamos atrraves de la cuenta de consigancion judicial de Banesto, para que tenga constancia inmetdiata tanto el juzgado como el propio perito, ddel abono de la provision solicitada, por que si no actuaramos asi en cinco dias desde que somos requeridos por el jzugado y no constando el pago, la parte se queda sin prueba pericial.
tambien vigilamos que toda la prueba documental este en autos antes del juicio, y hacemos copia de toda la documental de ambas partes unida a autos, para que el dia del juicio el letrado valla a sala con todas las pruebas en su poder, y sabe que testigos y peritos y cleintes estan citados, esto es un juicio perfecto.
tambien asistimos a juicio, reseñando todo lo que tiene relevancia al letrado para que si lo cree conveniente lo pueda utilizar, y la ley abierta.
una vez que acaba la vista, solicitamos copia del acta y mediante escrito, copia del visionado del juicio, una para el cliente y otra para el abogado y estamos pendientes de que se entregue
Autor: margarita pozas
Fecha: martes, 11 de agosto de 2009
Hora: 11:06

al menos antes de la providencia admitiendo el anuncio del recurso, para que el abogado pueda elaborar el mismo con tiempo suficiente.
Cuando ha sentencia, la notificamos en el dia por fax y correo electronico al abogado, confirmamos la recpecion, y la enviamos por correo certificado al cliente, y controlamos el plazo del recurso, para que no haya problemas con los plazoas, avisando al letrado, siempre 24 horas antes de que venzca el mismo.
una vez consta el recurso, nos volvemos a apuntar un plazo fundamental, el plazo de formulacion del mismo,el plazo de impugnacion de los contrarios y el emplazamiento a la audiencia.
vigilamos que los autos una vez foliados sean remitidos a la audiencia provincial.
Si no hay recursos, mediante escrito pedimos al juzgado, se declara la firmeza de la sentencia mediante auto, pedimos mediante escrito tambien testimonio de la sentencia, y esperamos 20 dias para instar la ejecucion.
Autor: margarita pozas
Fecha: martes, 11 de agosto de 2009
Hora: 11:12

en la ejecucion de titulos judiciales, titulos no judiciales, cambiarios e hipotecarios, es donde la labor del procurador es mas conocida.
buscamos bienes atraves de oficios dirigidos a diversas entidades, solicitamos y recordamos las veces que sean necesarias, al Secretario Judicial, su intervencion a traves del punto neutro judicial, embargamos y anotamosen el Registro de la Propiedad, Registro de Bienes muebles los embargos, vigilamos la ejecucion hasta subasta y acudimos a las mismas, ENTREGAMOS A LOS CLIENTES LOS MANDAMIENTOS DE PAGO, liquidamos intereses, tasmos costas, impugnamos costas escesivas, pagamos testigos con derecho a indenizacion, pagamos a los abogados, registradores notarios,acudimos a desahucios, lanzamientos, entregamos llaves de inmuebles, interveniomos en pactos, aplazamientos de pago.
te he relatado la marcha de un ordinario, cuando tenga tiempo te relato un procedimiento abreviado, unas previas, un juicio de faltas, un verbal.o un ida entero en el juzgado
Autor: margarita pozas
Fecha: martes, 11 de agosto de 2009
Hora: 11:19

un dia entero en el juzgado, y una tarde posterior en un deapacho, para que con conocimiento de causa cambies de opinion.
yo ejerzo en un partido judicial pequeno, soy procurador de los tribunales, y me encanta mi trbajo, porque se que gracias a mi labor,bien remunerada, en mi juzgado, todo se provee mas rapido, el juez confia en mi,y me consulta problemas o incidencias, que acaban en una conversacion y no en un recurso de reposicion, el secretario, me expide los mandamientos, para mis clientes, porque se los recuerdo casi a diario, los abogados, trabajan seguros y comodos, porque estan informados de cada incidencia y les recuerdo cada plazo. y los clientes estan informados de la marcha de su procedimiento, y tienen la garantia de que nadie les cambia de ventanilla, ni les mandan volver el lunes., y lo mas importante, es que todos los procuradores que conozco son como yo.
un cordial saludo.
Autor: Anonimo
Fecha: viernes, 11 de septiembre de 2009
Hora: 2:07

Lamento profundamente leer los comentarios de Fray Fanatic.

Te sugiero que regreses a la Facultad, y comiences de nuevo por el Derecho Romano, y estudia por favor, antes de decir tantas barbaridades.

Si aún te quedan dudas, vente conmigo una mañana a los Juzgados a trabajar de verdad por la Justicia de los ciudadanos, y no vendas más demandas de formulario a tus pobres clientes.

saludos
Autor: Gema
Fecha: martes, 29 de septiembre de 2009
Hora: 20:11

LA LEXNET ES NECESARIA,Y LOS PROCURADORES TAMBIEN.EL PROCESO TIENE QUE ESTAR DIVIDIDO. DEMANDA HASTA SENTENCIA Y EJECUCION
LA EJECUCION PARA LOS PROCURADORES Y SI EL LETRADO QUIERE USAR LA LEXNET QUE LA USE, Y SI NO LA QUIERE USAR QUE LE PASE DESDE EL INICIO EL PROCEDIMIENTO AL PROCURADOR.PERO LA EJECUCION DEBE DE SER MATERIA RESERVADA AL PROCURADOR; LA EJECUCION EN SI MISMA IMPLICA ACCESO A MULTIPLES DATOS RESERVADOS A LA HACIENDA PUBLICA, REGISTROS, JEFATURAS TRAFICO, CUENTAS BANCARIAS ETC.
EL PROCURADOR DEBERIA DE TENER ACCESO A ESTOS ORGANISMOS Y ENTIDADES, Y SOMETIDA SU ACTUACION AL TRIBUNAL.SE DESCARGARIAN LOS JUZGADOS DE LAS EJECUCIONES Y EL CLIENTE VERIA SATISFECHO SU INTERES CON ANTELACION.(CLARO ESTÁ, EL LETRADO COBRARÍA HASTA SENTENCIA, Y CASI QUE ME DA LA SENSACION, QUE TODOS LOS MOTIVOS PARA ANIQUILAR AL PROCURADOR SON ECONOMICOS O....NO?)
NO DEBEMOS OLVIDAR QUE EL PROCURADOR ES COLABORADOR DE LA ADMINISTRACION DE JUSTICIA.SALUDOS
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: miércoles, 30 de septiembre de 2009
Hora: 11:18

Gema: Con la Lexnet, la Procura sobra totalmente en todo el procedimiento. También en la ejecución. Me quedo con toda la pasta que le costais al cliente y vosotros desaparecéis. De eso es de lo que estoy hablando.

No sé muy bien con qué tipo de abogados trabajais vosotros, pero yo hablo con funcionarios de los Juzgados todos los días. No es ningún trauma y no se requiere ninguna cualificación especial para ello. Tampoco hace ninguna falta el Procurador para tratar con datos que un JUzgado recabe de la Hacienda Pública u otros sitios.
Autor: Anonimo
Fecha: jueves, 01 de octubre de 2009
Hora: 13:19

Como Letrado estoy completamente de acuerdo y puedo decir que es el sentir general. La figura del Procurador es obsoleta y encarece enormemente los pleitos. En la mayoría de asuntos es superfluo e incluso un obstáculo, su tarea la puede hacer el propio cliente, pues hoy día afortunadamente la población sabe leer y escribir, y el Letrado, pues para que me reboten un correo electrónico a través de Lex net, me lo puede enviar el Juzgado directamente. Su intervención debería ser voluntaria. ES absolutamente imprescindible para una mejora de la justicia.
Y a los procuradores que saben tanto y hacen también su trabajo, pues nada que se colegien como ABOGADOS, que les estamos esperando.
Autor: Anonimo
Fecha: viernes, 02 de octubre de 2009
Hora: 15:06

Soy procuradora, y creo que fray fanatic es muy radical.debes llevar poco tiempo ejerciendo o tener poco trabajo. en serio y a pesar de ser procuradora si creo que deberia ser voluntaria nuestra figura.decir que desaparezcamos es una ridiculez, en todo caso una opción voluntaria. Yo llevo muchos juicios de faltas y tambien contenciosos y sociales ( no somos preceptivos y en los contenciosos a partir de una determinada cuantía el abogado puede representar). Porque? porque os ahorramos trabajo , porque es muy comodo trabajar con procurador y tambien para el funcionario. en cuanto a que salimos caro al cliente, lo que dejase de pagar el cliente se lo cobrariais vosotros, con que esta igual. que fray fanatic no quiere procurador pues que trabaje sin procurador. Pero muchos procuradores que llevamos bancos , compañias de seguros, empresas y trabajamos con abogados de fuera de la localidad , de verdad es que los abogados se mueren si tienen que llevar los asuntos sin procurador.
Autor: Anonimo
Fecha: viernes, 02 de octubre de 2009
Hora: 15:12

sigo, en cuanto a lo que dices de contratar a un administrativo no cualificado ( o si ), me parece bien, pero no olvides el coste que te ocasíona y de la otra manera tu no sufragas el gasto pues lo abona tu cliente. para tu caso esta bien pues tienes poco trabajo, pero piensa en cias, bancos, grandes empresas o abogados con mas trabajo que tu, que tienen secretaria/o pero esta para otras cosas. y eso sin hablar si trabajas con un buen procurador. por eso y aunque me perjudique como procurador, si pienso que debieramos ser voluntarios, pues en mi caso, estoy convencida seguiría teniendo bastante trabajo.
Autor: in vino veritas
Fecha: jueves, 15 de octubre de 2009
Hora: 17:27

Quiero añadir a lo dicho datos reales y creo que incontestables:

La lentitud o celeridad de los procedimiento en España tiene una relación directa con la intervención del procurador.

De mayor celeridad en la resolución de los asuntos a mayor lentitud vemos:
Procedimientos laborales: Sin duda los más rápidos. No hay Procurador.

Procedimientos de instrucción procedimientos penales: La instrucción de los procedimientos es el segundo procedimiento que comparativamente se resuelve hasta el momento y hora en que se dicta auto de apertura del juicio oral, es preciso nombrar procurador e inmediatamente el procedimiento se ralentiza.


Procedimientos contencioso administrativos. Dependiendo de su naturaleza están a la par con los procedimientos

Los defensores del anacronismo afirmarán que todo ello depende de otros factores
Quiero añadir al hecho anacrónico e injustificado
Autor: IN VINO VERITAS
Fecha: jueves, 15 de octubre de 2009
Hora: 17:29

Un procurador no es más que un MENSAJERO DE LUJO.
Autor: Anonimo
Fecha: viernes, 16 de octubre de 2009
Hora: 10:21

1 TRAMITE SOCIAL. igual que un verbal civil. aqui los estan señalando para junio año 2010. que tendrá que ver el procurador ?
2-instruccion no es mas rapida , es la fase mas lenta del procedimiento penal, y ademas si es preceptivo procurador, con lo cual debieras repasar las normas de procesal penal.
3. contenciosos el trámite es el que hay con procurador o sin el .
in vino veritas, debe ser que tu eres muy listo y los miles de abogados que prefieren ir con procurador en los procedimientos en los que no es preceptivo son unos tontos¡
Autor: Anonimo
Fecha: viernes, 16 de octubre de 2009
Hora: 13:30

la instruccion es la fase mas lenta del procedimiento penal ( puede durar incluso años ), despues del auto de apertura del juicio oral solo es el juicio. si hay varios encausados y el tema es complejo. yo siempre voy con procurador pues los escritos deben encabezarlos ellos y ademas si no no me dejan ni oler los autos. aunque no fuera obligatorio yo siempre lo llevaria , me es comodisimo y no tengo ni que pisar el juzgado.
Autor: LETRADA
Fecha: jueves, 29 de octubre de 2009
Hora: 13:24

Cuento para qué sirve un Procurador:
Proceso de Ejecución de sentencia de alimentos (ejecución, reino bendito de la procura).Auto de fecha x despachando ejecución por una cantidad, Auto de fecha 6 meses después ampliando ejecución por nuevas cantidades vencidas, por supuesto ambos en respuesta a escritos de esta inutil letrada que suscribe y sendos paseos de fructífero procurador que firma y presenta. Tras otros tantos meses, nuevo escrito de esta letrada pidiendo nueva investigación de bienes para cobro de atrasos; Providencia del Juzgado pidiendo aclaración al por qué pedimos más cantidad que aquella por la que se despachó ejecución. La respuesta se limita a tener que decir que porque en Auto de fecha cual se amplió la ejecución por este Juzgado. Pues bien, el Procurador se limitó a dejarme la resolución del Juzgado en el despacho y a esperar sine die a que yo diga. Acabo de hacer el escrito con el enfado correspondiente, y en vez de enviarlo por Lex Net se lo tengo que dar al Pro
Autor: Letrada
Fecha: jueves, 29 de octubre de 2009
Hora: 13:31

y sigo... Ya se que en la ejecución pasean mucho al Registro para anotar embargos, liquidar tasa etc, etc, pero de derecho nada.
A alguien le parece razonable que pasen una minuta de 350 euors en un divorcio de mutuo acuerdo, en el que se limitan a presentar demanda, notificar el día que tienen que ir los cónyuges a ratificar, comparecencia a la que ni siquiera van, o aunque vayan , notificar la sentencia e inscribir en el Registro Civil el divorcio. Es vergonzoso, lo que ocurre es que el ciudadano no lo sabe y los Letrados en elfondo estamos siendo muy pacientes y respetuosos.
Y que conste que en determinados procedimientos pueden ser de utilidad, pero de ahí a creerse que el pleito lo hacen ellos es de una ignorancia supina.
Autor: Fray_Fanatic
Fecha: jueves, 29 de octubre de 2009
Hora: 14:02

Una vez mas, con los procuradores se cumple la vieja maxima de que un privilegio se defiende de forma infinitamente mas feroz que un derecho.

No hay mas que leer este hilo en el que procuradores indignados se dedican a llamarme de todo sin apenas molestarse en realizar contraargumentacion razonable alguna. No obstante, todo abogado que interviene lo hace para decir -de forma mas o menos abierta- que el Procurador es totalmente innecesario en el proceso, aparte de carisisisismo.
Autor: qmiranda
Fecha: martes, 17 de noviembre de 2009
Hora: 13:30

Soy Procurador y entiendo como el autor del comentario que nuestra figura profesional está y debe estar condenada a desaparecer. Pero sólo conocer un poco el funcionamiento de la administración de justicia obliga a reconocer que no es esta profesión la culpable de sus disfunciones.

Seguramente nadie da argumentos porque el análisis realizado por el autor del comentario es francamente pobre, ridículo casi.

Lamento que gente tan poco informada se dedique a propagar majaderías.

Pero no se trata, al menos en mi caso de defender ningún privilegio, ni siquiera un derecho.

Soy licenciado en derecho con treinta años de experiencia, puedo redirigir mi carrera en cualquier momento sin grave dificultad que salvar.

Gracias.